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Ley de Interoperabilidad promueve el desarrollo de servicios de información bajo estándares abiertos

María Mercedes San Blas, consultora jurídica del CNTI y CenitEl Artículo 29 de la Ley  de Interoperabilidad determina que los órganos y entes del Estado tienen la obligación de implementar servicios de información interoperables

Uno de los elementos indispensables para la efectiva aplicación de la Ley sobre Acceso e Intercambio Electrónico de Datos, Información y Documentos entre los Órganos y Entes del Estado, mejor conocida como Ley de Interoperabilidad, consiste en el desarrollo obligatorio de los servicios de información bajo estándares abiertos, requisito fundamental para establecer el Gobierno Electrónico.

Así lo dio a conocer, la Consultora Jurídica de la Fundaciones Centro Nacional de Innovación Tecnológica (Cenit) y Tecnologías de Información (CNTI), María Mercedes San Blas, durante su participación en la 1ra. Convención Nacional de Empresas de Tecnologías, Telecomunicaciones y Gobierno Electrónico "Expotic 2012", que se llevó a cabo en el salón Rouge, del Hotel Alba Caracas, los días 27 y 28 de Noviembre.

Asimismo, explicó San Blas, que las y los funcionarios públicos, que se nieguen a intercambiar información, una vez entrada en vigencia esta Ley serán sancionados, a fin de garantizar un efectivo intercambio electrónico de los datos y documentos  que sean requeridos para sustanciar expedientes legales, entre los distintos entes que conforman la Administración Pública Nacional (APN).

Por otra parte, señaló la experta jurídica, que el componente de formación para las servidoras y servidores públicos está establecido como política de Estado, para la efectiva aplicación de este revolucionaria Ley, a fin de establecer un mecanismo común  de intercambio de datos, información y documentos para todas las instituciones de la APN.

La Ley de Interoperabilidad, en su Artículo 29, determina que los órganos y entes del Estado tienen la obligación de implementar servicios de información interoperables, a fin de permitir el acceso e intercambio electrónico de datos, información y documentos, a cualquier órgano o ente del Estado que lo requiera como dato complementario en los términos y condiciones establecidos en la ley.

En este sentido, agregó que los ciudadanos y ciudadanas van a poder contar con trámites mucho más sencillos, pues con la entrada en vigencia de esta Ley, ya no se solicitarán documentos como partidas de nacimientos, certificados, etc, pues serán las propias instituciones las que realicen la solicitud a un operador de interoperabilidad para obtener los datos que requieran para sustanciar sus procesos.

Cabe destacar que el Gobierno Nacional está sumando esfuerzos para que con la entrada en vigencia de la ley de Interoperabilidad, en el 2014, las y los venezolanos podamos contar con trámites más simplificados, es decir, mucho más ágiles, transparente y más fáciles, favoreciendo -de esta manera- la gestión administrativa del Estado.

Fuente: Cenit

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