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Oficializada resolución para simplificación de trámites administrativos para importaciones y exportaciones de bienes

El viernes 09 de marzo fue oficializada la resolución que simplifica los trámites de importación y exportaciónLa resolución abarca a los ministerios de Comercio, Agricultura y Tierras, Salud, Alimentación, Energía Eléctrica, Planificación y Finanzas, Vivienda y Hábitat, Relaciones Interiores y Justicia, Transporte Terrestre, Industrias, Petróleo y Minería y Ciencia y Tecnología

En la Gaceta Oficial N° 39.880 que circuló el pasado pasado viernes 09 de marzo, fue oficializada la resolución que simplifica los trámites de importación y exportación de los órganos y entes que conforman la Administración Pública; a fin de contribuir con la producción nacional. En dichos trámites se encuentran: licencias de importación, certificados de insuficiencia o de no producción nacional, y otros documentos contemplados en la normativa aduanera.

La resolución que fue discutida y acordada de manera conjunta por trece ministerios el pasado 8 de marzo, establece que los órganos y entes de la Administración Pública comprometidos y ligados con la producción nacional en el marco de convenios internacionales de carácter comercial, productivo y de cooperación. No estarán sujetos a la obtención de licencias de importación, certificados de insuficiencia y de No Producción Nacional, o cualquier otro documento contemplado en la normativa aduanera.

Esto con la intención de garantizar el suministro oportuno de los bienes relacionados con las áreas de seguridad alimentaria, salud, vivienda y/o proyectos relacionados con el desarrollo del país. Así mismo establece como prioritario la tramitación por parte de los organismos competentes de los certificados, papeles de acuerdo con esta normativa para la protección, control y prevención de salud de personas, animales y plantas.

La resolución consta de seis artículos, que se fundamentan en la simplicidad y eficiencia para lograr el bien común de los ciudadanos y ciudadanas de la república ,todas estas actividades de importación y exportación deberán ser presentadas mediante un informe mensual a la vicepresidencia de financiera de nuestro país. La resolución tendrá una vigencia de doce meses a partir de la publicación en gaceta y sera aplicada para todos los bienes y mercancía procedentes de cualquier país que no transgredan y coincidan con la normativa y reglamentos aplicados en la República Bolivariana de Venezuela .

Asimismo, el parágrafo único de la resolución agrega que los certificados o documentos relacionados con la protección, control y prevención de la salud de las personas, animales, y con las áreas de seguridad y defensa, serán tramitados y expedidos de manera prioritaria.

La resolución abarca a los ministerios de Comercio, Agricultura y Tierras, Salud, Alimentación, Energía Eléctrica, Planificación y Finanzas, Vivienda y Hábitat, Relaciones Interiores y Justicia, Transporte Terrestre, Industrias, Petróleo y Minería y Ciencia y Tecnología. El texto señala que la vigencia de la resolución será de doce meses.

Fuente: MCTI

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