Software Libre

Licencias Libres, tu mejor alternativa

Licencias Libres, tu mejor alternativaUna licencia básicamente es un contrato que una persona recibe de otra, en donde se otorga el derecho de uso de varios de sus bienes, productos etc, normalmente de carácter no tangible o intelectual, pudiendo darse a cambio del pago de un monto determinado o no por el uso de los mismos, basado en condiciones establecidas dentro de las clausulas que lo conforman. Cuando introducimos este concepto en el Software, se habla de Licencias de software

Las licencias de software pueden establecer varios términos:

    * Cesión de determinados derechos del propietario al usuario final sobre una o varias copias.
    * Límites en la responsabilidad por fallos.
    * Plazo de cesión de los derechos.
    * Ambito geográfico de validez de la licencia
    * etc

Ahora, en la licencia de software. El rol de licenciante lo puede ejercer cualquiera de los siguientes actores:

Autor: El desarrollador o conjunto de desarrolladores que crea el software, son por antonomasía quienes en una primera instancia poseen el rol de licenciante, al ser los titulares originales del software.

Titular de los derechos de explotación: Es la persona natural o jurídica que recibe una cesión de los derechos de explotación de forma exclusiva del software desde un tercero, transformándolo en titular derivado y licenciante del software.

Distribuidor: Es la persona jurídica a la cual se le otorga el derecho de distribución y la posibilidad de generar sublicencias del software mediante la firma de un contrato de distribución con el titular de los derechos de explotación.

Así como existe el CopyRight (del que no hablaremos en este artículo) hay su contraparte que es denominada CopyLeft (término jocoso atribuido a Richard Stallman: Padre del proyecto GNU)

El CopyLeft es una forma de licencia y puede ser usado para modificar el derecho de autor de obras o trabajos, tales como software de computadoras, documentos, música, y obras de arte.

Bajo tales licencias pueden protegerse una gran diversidad de obras, tales como programas informáticos, arte, cultura y ciencia, es decir prácticamente casi cualquier tipo de producción creativa. Son necesidad de usar terceros para licenciar su publicación.

Es una alternativa a las restricciones que imponen las normas planteadas en los derechos de autor "CopyRight", a la hora de hacer, modificar y distribuir copias de una obra determinada. Se pretende garantizar así una mayor libertad para que cada receptor de una copia, o una versión derivada de un trabajo, pueda, a su vez, usar, modificar y redistribuir tanto el propio trabajo como las versiones derivadas del mismo. Así, y en un entorno no legal, puede considerarse como opuesto al copyright o derechos de autor tradicionales.

Entre las licencias copyleft para materiales ajenos al software tenemos las licencias Creative Commons compartir-igual y la Licencia de Documentación Libre de GNU (abreviada como GNU FDL, GFDL, o FDL). La licencia GFDL puede utilizarse para proteger con copyleft aquellos trabajos que no tienen código fuente distinguible (aunque el requisito que establece la GPL de liberar el código fuente no tiene mucho sentido cuando se trata de trabajos donde no se puede distinguir entre código compilado, código objeto, código ejecutable o código binario). La licencia GFDL sí que distingue entre una "copia transparente" y una "copia opaca", usando una definición diferente a la dada por la GPL para "código fuente" y "código objeto".

Existen muchas licencias unas más permisivas que otras pero en general cada una de ellas podrá garantizar tu trabajo, solo debes leer bien las características de cada una y si llena los requisitos exigidos emplearlas.

Siempre le indico a mis amigos, alumnos y a los asistentes a mis charlas que "siempre" deben colocar sus trabajos bajo una licencia, cualquiera que esta sea, de esa forma se fomenta la participación de un grupo dentro de nuestros proyectos y/o documentos. Lo cual lleva consigo que se nutra y crezca, en pro del beneficio "yo gano - tu ganas".

Hablemos de las licencias que regularmente uso y he visto usar a algunos de mis colegas.

- GPL (General Public License)
El autor conserva los derechos de autor (copyright), y permite la redistribución y modificación bajo términos diseñados para asegurarse de que todas las versiones modificadas del software permanecen bajo los términos más restrictivos de la propia GNU GPL. Esto hace que sea imposible crear un producto con partes no licenciadas GPL: el conjunto tiene que ser GPL. Esta licencia la recomiendo para software en general aunque puede aplicarse a otros documentos y/o archivos.

Para saber más de la GNU GENERAL PUBLIC LICENSE visite el siguiente enlace

- MPL (Mozilla Public License)
La MPL es Software Libre y promueve eficazmente la colaboración evitando el efecto "viral" de la GPL (si usas código licenciado GPL, tu desarrollo final tiene que estar licenciado GPL). Desde un punto de vista del desarrollador la GPL presenta un inconveniente en este punto, y lamentablemente mucha gente se cierra en banda ante el uso de dicho código. No obstante la MPL no es tan excesivamente permisiva como las licencias tipo BSD. Estas licencias son denominadas de copyleft débil. La NPL (luego la MPL) fue la primera licencia nueva después de muchos años, que se encargaba de algunos puntos que no fueron tenidos en cuenta por las licencias BSD y GNU. En el espectro de las licencias de Software Libre se la puede considerar adyacente a la licencia estilo BSD, pero perfeccionada.

En lo personal no me gusta mucho aunque la he aplicado en alguno de los software que he hecho. Para conocer más de ella aquí

- BSD (Berkeley Software Distribution)
Llamada así porque se utilizan en gran cantidad de software distribuido junto a los sistemas operativos BSD. El autor, bajo tales licencias, mantiene la protección de copyright únicamente para la renuncia de garantía y para requerir la adecuada atribución de la autoría en trabajos derivados, pero permite la libre redistribución y modificación, incluso si dichos trabajos tienen propietario. Son muy permisivas, tanto que son fácilmente absorbidas al ser mezcladas con la licencia GNU GPL con quienes son compatibles. Puede argumentarse que esta licencia asegura "verdadero" Software Libre, en el sentido que el usuario tiene libertad ilimitada con respecto al software, y que puede decidir incluso redistribuirlo como no libre. Otras opiniones están orientadas a destacar que este tipo de licencia no contribuye al desarrollo de más Software Libre (normalmente utilizando la siguiente analogía: "una licencia BSD es más libre que una GPL si y sólo si se opina también que un país que permita la esclavitud es más libre que otro que no la permite").

También la he usado, ha veces me ha sido benefeciosa. Para saber más de esta licencia aquí

- Creative Commons (CC)
Las licencias Creative Commons o CC están inspiradas en la licencia GPL (General Public License) de la Free Software Foundation. No son, sin embargo, un tipo de licenciamiento de software. La idea principal es posibilitar un modelo legal ayudado por herramientas informáticas, para así facilitar la distribución y el uso de contenidos.

Existe una serie de licencias Creative Commons, cada una con diferentes configuraciones o principios, como el derecho del autor original a dar libertad para citar su obra, reproducirla, crear obras derivadas, ofrecerla públicamente y con diferentes restricciones, como no permitir el uso comercial o respetar la autoría original.

En Venezuela el CNTI (Centro Nacional de Tecnologías de Información) apoya este tipo de licencia aquí

Para conocer más sobre las licencias CC visiten aquí

Fuente: awven.com

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